
“La normativa que rige el deporte de alto nivel, en su día, elabora una lista de sustancias que, tomadas por cualquier deportista, mejora el rendimiento, dejando en desventaja al resto de competidores; y entre ellas está el clembuterol.
Por tanto, cuando se detectaba clembuterol o cualquier otra sustancia era porque la cantidad encontrada era más que suficiente para mejorar el rendimiento y solamente podría aparecer en el organismo cuando, voluntariamente, fuera ingerida con esta finalidad. De ahí que en determinadas sustancias exista un umbral que solo superándolo es constitutivo de delito y sancionable a nivel deportivo.
Hoy en dia, los avances de la ciencia llegan a detectar cantidades ínfimas de algunas sustancias prohibidas que ni favorecen el rendimiento del deportista ni se pueden tomar voluntariamente, salvo que entre en nuestro organismo con la ingesta de alimentos; este es mi caso con el clembuterol. Pero si los avances de la ciencia se encuentran en el año 2011, la norma sigue estancada en los años 60, de ahí mi “delito” y mi posible sanción.
Solo equiparando los avances científicos con las modificaciones de la normas antidopaje se podrá hablar de deporte honesto y justo, como el que he practicado yo siempre.
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